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Decisión del TSE desata crisis en derechos políticos indígenas: Anuncian protestas

Poradministrador

May 6, 2025

CEPABOL: 06/05/25.- El 5 de mayo de 2025 quedará grabado como un día sombrío en la historia de los pueblos indígenas ancestrales bolivianos. La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió no permitir la participación de los pueblos indígenas en el proceso electoral presidencial de ese año, a pesar de que la Constitución Política del Estado (CPE) consagra este derecho político para participar sin partidos políticos, con el mismo estatus que estos últimos.

El vocal Tahuichi Tahuichi, en una entrevista con un medio de comunicación social, expresó su preocupación: «Este día será recordado como el más oscuro para los pueblos indígenas, ya que se ha negado su derecho a participar en las elecciones presidenciales, un derecho que está garantizado por la Constitución y tratados internacionales».

La Constitución Política del Estado establece en su artículo 209 que las candidaturas a cargos públicos electos pueden ser postuladas por organizaciones de naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, agrupaciones ciudadanas y partidos políticos, en igualdad de condiciones. Este artículo busca garantizar la participación política activa de los pueblos indígenas dentro del marco del Estado Plurinacional.

Además, el artículo 256 de la CPE señala que los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución deben aplicarse preferentemente sobre esta última. Entre estos instrumentos destacan:

  1. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): Ratificado por Bolivia mediante la Ley N° 1257, este convenio establece principios fundamentales sobre la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas antes de implementar medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos.
  2. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007): Elevada a rango de ley en Bolivia mediante la Ley N° 3897, esta declaración reconoce derechos fundamentales como el derecho a la autodeterminación, participación política y consulta previa.
  3. La Convención Americana sobre Derechos Humanos: Aunque no es específica para pueblos indígenas, protege derechos fundamentales como el derecho a participar en el gobierno y en las decisiones que afectan sus vidas.

La negativa del TSE a permitir la participación política de los pueblos indígenas constituye una flagrante violación a estas normas internacionales y nacionales. En respuesta a esta decisión, colectivos indígenas se autoconvocaron para realizar un mitin de protesta frente al Tribunal Supremo Electoral el miércoles 7 de mayo, en la plaza Avaroa.

Esta situación refleja una crisis en la protección de los derechos políticos de los pueblos indígenas originarios en Bolivia, poniendo en evidencia las contradicciones entre las disposiciones constitucionales y las decisiones judiciales.

Contactos: 71539769

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