1.- Indicador UNO: HABILITACIÓN e INHABILITACIÓN SIMULTÁNEA e ilegal de tres candidatos. Los nombres de candidatos a la Alcaldía El Alto, Eynar Viscarra, David Vargas y Eliser Roca, fueron manipulados (manoseados) por el Tribunal Supremo Electoral mediante anuncios a la prensa y durante cuatro días antes del día de votar. Las declaraciones y anuncios contradictorios, hechos en los días de vigencia del silencio electoral, ocasionaron: desinformación, confusión e incertidumbre, en tres candidatos, tres partidos y 740.000 votantes de El Alto. El pedido de inhabilitar a Vargas fue presentado al TSE el 19 enero 2016 y procesado el 18 marzo 2026. Esto es “Coacción electoral” según el artículo 238 de la Ley 26 Régimen Electoral. El TSE hizo campaña electoral contra tres candidatos.
2.- Pruebas: “TSE dice que las demandas contra 3 candidatos están probadas, pero no están inhabilitados” (Urgente.bo 18 marzo 2026, tres días antes del día de sufragar). “TSE aclara que candidatos observados siguen en competencia” (Red Uno, 18 marzo 2026, tres días antes del día de votar) “La Sala Plena del TSE inhabilitó a 3 candidatos el lunes y los notificó dos días después” (Urgente.bo 19 marzo 2026, dos días antes del día de votar).
3.- Indicador DOS: HABILITACIÓN IRREGULAR del candidato Revilla. En fecha 25 de febrero de 2026, Ingvar Ellefsen presentó demanda de inhabilitación contra el candidato Luis Revilla, caso admitido y notificado por el TDE La Paz. La demanda fue remitida al TSE entidad que anuló el proceso “hasta el vicio más antiguo”. La consecuencia de estos actos es que el OEP (TSE y TDE La Paz) favorecieron explícitamente al candidato Revilla en cuyo caso se actuó con celeridad, pero hizo lo contrario con los candidatos Viscarra, Vargas y Roca, casos en los que el TSE actuó con negligencia manifiesta.
4.- Pruebas: “TED La Paz admite demanda de inhabilitación contra Luis Revilla, según Ellefsen” (Agencia ABI 25 febrero 2026). “TED La Paz remitirá al TSE demanda de inhabilitación contra Luis Revilla (Agencia ABI, 27 febrero 2026). “Subnacionales: El TSE anula el proceso contra Revilla ‘hasta el vicio más antiguo’ por incumplimiento del procedimiento” (oxigeno.bo, 4 marzo 2026).
5.- Indicador TRES: Distorsión de la voluntad popular. La inhabilitación y habilitación de tres candidatos al Alcalde de El Alto, durante cuatro días antes de votar, e inclusive en un mismo día, ocasionó distorsión total en todo el proceso electoral en El Alto y Departamento de La Paz, desde el miércoles 18 hasta el día de conocerse los resultados.
6.- Prueba: artículo 238.a) de la Ley 26 Régimen Electoral: “a) Ilegal convocatoria o ILEGAL EJECUCIÓN DE PROCESOS ELECTORALES. La autoridad, servidora pública o servidor público que dicte convocatoria a un proceso electoral, referendo o revocatoria de mandato, de alcance nacional, departamental, regional o municipal; o emita instrucciones contrarias a la Constitución Política del Estado o a la Ley; o ejecute o hiciera ejecutar dichas convocatorias o INSTRUCCIONES, será sancionada con pena privativa de libertad de dos (2) a cinco (5) años y la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por un tiempo de cinco (5) años”.
7.- Indicador CUATRO. En fecha 21 de marzo de 2026, mediante comunicado oficial, el TDE La Paz y el TSE anunciaron, mediante comunicado redactado con evidente nerviosismo, que serán considerados votos nulos por inhabilitación los que sean emitidos en favor del candidato Vargas. En este caso, los delitos son “Coacción electoral” según artículo 238.c) de la Ley 26 Régimen Electoral, y “Falsedad Ideológica” (Código Penal) porque la inhabilitación fue anunciada recién el 21, pero el comunicado señala que se inhabilitó al candidato Vargas el 16 de marzo 2026.
8.- Prueba: “Comunicado del TDE La Paz y TSE. La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral TSE, comunica a las organizaciones políticas, alianzas y a la ciudadanía en general que, mediante Resolución TSE-RSP-JUR Nº 1090/2026 de 16 de marzo de 2026, se ha inhabilitado al candidato David Braulio Vargas Flores del Movimiento Tercer Sistema – MTS. En ese marco se hace conocer que serán considerados VOTOS NULOS POR INHABILITACIÓN, aquellos emitidos en la franja correspondiente a la candidatura a la Alcaldía de El Alto de David Braulio Vargas Flores del Movimiento Tercer Sistema – MTS, en la papeleta que consigna su nombre y fotografía. La Paz, 21 de marzo de 2026.
9.- Indicador CINCO. Complicidad del Parlamento. Durante los meses de noviembre 2025 hasta marzo de 2026, los diputados y senadores NO pudieron elegir a los cuatro vocales del TED La Paz por actos institucionales contradictorios, en la Cámara de Diputados, Cámara de Senadores, y Asamblea Legislativa Departamental de La Paz. Estas acciones ocasionaron VACÍO DE PODER en el TED La Paz u Órgano de gobierno electoral en el Departamento de La Paz, y permitieron al Presidente del TSE, Gustavo Ávila (funcionario del presidente Paz) hacer y deshacer con la voluntad y los nombres de tres candidatos y 740.000 votantes.
10.- Indicador Seis. Complicidad del Órgano Ejecutivo (gobierno). El presidente Rodrigo Paz permitió que el VACÍO DE PODER en el TED La Paz se mantenga desde noviembre de 2025 inclusive con su representante legal en ese Tribunal, Antonio Condori, quien ejerció como presidente de facto del TED La Paz hasta el viernes 20 de marzo de 2026 cuando recién Paz designó a un nuevo delegado formal. Los candidatos y partidos afectados, y la ciudadanía tienen la palabra. FIN
-Por Edgar Ramos Andrade, contactos: 75801838
