Intelectuales de El Alto anuncian Acción de Inconstitucionalidad contra el decreto “entreguista” del Gobierno
Cepabol/23/12/2025.- Intelectuales y referentes del pensamiento aymara de la ciudad de El Alto anunciaron que presentarán una Acción de Inconstitucionalidad Abstracta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para frenar la aplicación del Decreto Supremo N.º 5503, al considerar que vulnera gravemente la Constitución Política del Estado y usurpa atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El anuncio fue realizado en un conversatorio público, encabezado por el ex magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional, Gualberto Cusi Mamani, junto al Amawta y Guía Espiritual Tata Dr. Uriki David Ticona, quienes alertaron que el decreto no es una simple norma administrativa, sino una “ley encubierta” impuesta por el Órgano Ejecutivo sin debate ni aprobación legislativa.
“No se gobierna por decreto sobre la Constitución”
El ex magistrado Gualberto Cusi explicó que el Decreto Supremo 5503 invade competencias exclusivas de la Asamblea Legislativa Plurinacional, establecidas de manera expresa en el artículo 158 de la Constitución Política del Estado, que reserva al Órgano Legislativo la potestad de aprobar leyes, definir políticas estructurales y autorizar decisiones que comprometan áreas estratégicas, recursos públicos y la economía nacional.
“El Ejecutivo no puede legislar por decreto. La Constitución es clara: cuando una norma crea un régimen económico general, afecta derechos o define políticas estructurales, debe ser ley aprobada por la Asamblea Legislativa. Lo contrario es una ruptura del orden constitucional”, señaló Cusi.
Vulneración a la Constitución y a la separación de poderes
Durante el encuentro, los participantes advirtieron que el D.S. 5503:
- Declara una emergencia económica no prevista en la Constitución, sin acudir al mecanismo constitucional del Estado de Excepción (arts. 137 a 139 CPE).
- Regula materias económicas, financieras y energéticas reservadas a ley.
- Otorga facultades extraordinarias al Órgano Ejecutivo y al Banco Central de Bolivia, sin autorización legislativa.
- Afecta áreas estratégicas del Estado, vulnerando el artículo 158 incisos 5 y 10 de la CPE.
Estos elementos, explicaron, contravienen el principio de reserva de ley, la jerarquía normativa y la separación de poderes, pilares fundamentales del Estado Constitucional de Derecho.
Sustento legal y jurisprudencial
Los intelectuales aymaras recordaron que el Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido de forma reiterada que:
“El Órgano Ejecutivo no puede, mediante decreto supremo, crear normas de carácter sustantivo propias de la ley, ni sustituir al legislador”
(Sentencias Constitucionales Plurinacionales SCP 0012/2012 y SCP 2054/2013).
Asimismo, remarcaron que el artículo 410 de la CPE establece la supremacía constitucional, disponiendo que ninguna norma inferior puede contradecir la Constitución, menos aún alterar el equilibrio entre órganos del poder público.
Acción constitucional en camino
Finalmente, se anunció que la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta será presentada en los próximos días ante el TCP, con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad total del Decreto Supremo 5503, sentando un precedente en defensa de la Constitución, la institucionalidad democrática y los derechos del pueblo boliviano.
“Desde la sabiduría ancestral y el derecho constitucional, defendemos la Pachamama, la economía del pueblo y la Constitución. No se puede gobernar de espaldas a la ley”, concluyó el Amawta Tata Uriki David Ticona.
Anunciaron que se aprobará la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta contra el DS 5503 en una Asamblea de los pueblos indígenas, a llevarse a cabo este miércoles a horas 18:00 en instalaciones de la “Sala de Conferencias” ubicado en la Ceja de El Alto. Referencias cel: 71539769
