Por: Marianela Paco Durán
Desde los ojos del Constitucionalismo Plurinacional, Comunitario e Intercultural
La Paz, 13 de julio de 2026
La Constitución Política del Estado (CPE) Plurinacional de Bolivia se distingue por su enfoque axiológico y plural. El paradigma de la «Constitución Axiomática», desarrollado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, sostiene que la norma suprema se fundamenta en un orden de valores irreductibles. Su preámbulo sintetiza el “por qué” y las causas que nos llevaron a desafiar permanentemente el sistema moderno para construir una forma de vida alternativa e institucionalidad apta para construir la prosperidad del País. Esa brújula señala el camino basado en principios, fines y valores ético-morales supremos que nos guían hacia el “Suma Qamaña”, el “Allin Kawsay”, el Vivir Bien.
El espejo constitucional: lo que somos y lo que debemos ser. Desde esos axiomas, las y los hijos de Bolivia estamos llamados a deconstruir las estructuras modernas —lo que se destruyó en tiempos colonial, republicano y neoliberal— desde la herencia de capacidad de tejer unidad en la diversidad mostrando equilibrios como lo posible, esto que está nuestra forma de pensar y de organizar la vida misma. Ese espejo en el que nos miramos como sociedad refleja la tensión entre los que fueron nuestros ancestros antes de la colonia, el «deber ser» y el «ser». Es precisamente esa herramienta la que nos permite graficar quiénes somos realmente para, mediante técnicas cualicuantitativas, segmentar y establecer aquello que es repudiable y condenable, tanto penal como moralmente.
En este artículo, analizo el régimen de gobierno con la herramienta transversal que la Constitución otorga: “la descolonización”, prevista en el artículo 9, numeral 1. En teoría, el enfoque decolonial nos pauta para establecer la naturaleza dolosa, la ignorancia, la desobediencia y el incumplimiento de deberes que están reñidos con los mandatos constitucionales del Estado Plurinacional. Principios como “Ama Suwa” (no robar) y “Ama Llulla” (no mentir) condensan, en su esencia, el repudio latente a la corrupción.
¿Qué es la corrupción? Una definición necesaria. Se define como el abuso de poder o de funciones públicas y privadas para obtener beneficios personales o grupales a costa del bien mayor la dignidad de la comunidad de la vida. Abarca prácticas ilegales como el soborno, la extorsión, el nepotismo, el tráfico de influencias y la malversación de fondos. Socava la confianza institucional, vulnera los derechos humanos, frena el desarrollo económico y genera pobreza. Los principios de transparencia, honestidad, servicio y eficiencia son parte del “no robar y no mentir”, y son quebrantados con la corrupción, porque para robarle al Pueblo se requiere, inevitablemente, mentir.
Etimológicamente, proviene del latín corruptio, que significa «acción y efecto de destruir, alterar o pervertir». Deriva del verbo corrumpere, compuesto por el prefijo con (junto, globalmente) y rumpere (romper o quebrar). Describe la acción de «romper algo totalmente» o hacer que lo que estaba unido se descomponga. Bajo esta definición la corrupción destruye la esperanza y dignidad del Pueblo, pervierte a las nuevas generaciones enseñando avaricia a costo del robo y la mentira y pudre el sistema desde dentro.
Caracterizando robo común versus corrupción: un ejercicio comparativo urgente. Para establecer si la corrupción es sistémica —y, en otras palabras, un robo sistemático al pueblo, un robo agravado a gran escala—, presento el siguiente ejercicio:
| Característica | Robo (delito común) | Corrupción (delito de Gobierno – Estado) |
| Naturaleza | Sustracción de un bien ajeno mediante fuerza o engaño | Abuso de poder para beneficio privado o de terceros. Opera engañando y mintiendo. |
| Sujeto activo | Cualquier persona | Servidor público o quien interactúa con el Estado. |
| Daño | Daño patrimonial directo a una víctima. | Daño sistemático a la institucionalidad y al derecho colectivo – Pueblo. |
| Base ética | Violación de la norma penal básica | Traición al mandato del Pueblo y al interés público |
| Efecto Social | Miedo, inseguridad ciudadana | Desconfianza en el Gobierno – Estado, pobreza y estancamiento. |
Similitudes:
- El afán de lucro: Tanto el ladrón común como el «corrupto de corbata» actúan bajo una lógica individualista de acumulación, poniendo su interés por encima del común.
- La ilegitimidad: Ambos transgreden la ley; no hay robo ni corrupción «aceptable», pues ambos erosionan la paz social.
- Son Delito: Ambas son acciones voluntarias (a veces imprudencia), etimológicamente proviene del latin delinquere que significa apartarse del buen camino, con el fin de dañar sea a un indivíduo a el sujeto colectivo Pueblo. El delito es un antivalor.
- La impunidad: En ambos casos, el castigo o no llega o es insuficiente, por lo que el sentimiento de que “nada pasará” es lo que alimenta la repetición del delito.
La corrupción como “robo agravado” a la Patria. La corrupción es un “robo agravado” porque produce la ruptura del contrato social. Cuando un funcionario coloca a sus allegados sin que cumplan con el perfil para un cargo, está robando el derecho de otros preparados y con ello a la salud, educación y obras que en vez que duren acortan el tiempo de vida útil, acciones con los que se burlan de todo un pueblo. Es un “robo multiplicado” por millones. Además, es una desnaturalización del servicio: mientras el robo es un acto externo al Estado, la corrupción ocurre desde dentro, como un cáncer.
Finalmente, el enfoque despatriarcal nos revela que la corrupción suele ser una red, un “clan” (actualmente revisando personas en función pública se encuentran recurrentemente apellidos como: Paz, Urquidi, Zamora, Justiniano, Ávila, Liebers, Céspedes, etc.). Esta estructura es una herencia colonial donde el Estado se reparte como un botín, impidiendo que quienes tienen capacidad —pero no apellidos— accedan a la función pública. El ladrón de la calle te quita lo que tienes en el bolsillo; el corrupto estatal te roba el futuro de tus hij@s.
Clanes y corrupción: una relación simbiótica. La relación entre clanes y gobierno es directa: se incrustan en el aparato estatal para eludir controles y garantizar impunidad. Esto deriva en:
- Cooptación institucional: Personas leales en puestos clave que direccionan contratos en y para su círculo familiar o élite grupal.
- Nepotismo e influencia: La decisión no responde al mérito, sino al beneficio familiar y grupal.
- Impunidad blindada: Control de entidades fiscalizadoras para asegurar la no sanción.
Esto se manifiesta en el contrabando, el desvío de subvenciones y asistencia humanitaria, «ítems fantasma», favorecimiento a allegados. El horizonte ético que debe guiar cada acto de la función pública está desplazado por un poder que, en este último tiempo, ha servilizado incluso a quienes se llamaban «garantías de cambio».
Los apellidos del poder: la fotografía de un sistema podrido. Nombres como Valdivia, Paz, Zamora, Urquidi, Liebers, Céspedes, Justiniano, Ávila, etc., no son simples apellidos; son la fotografía de un problema estructural. Es la «puerta giratoria» que convierte lo público en botín familiar.
Como la tan vergonzosa situación de que una autoridad acusada de tráfico de influencias y beneficios indebidos con pasajes irrisorios, se defendiera y lo defendieran alegando «ingenuidad» tras intentar justificar su “sacrificio” de haber renunciado a un sueldo de alto nivel por uno menor (20.000 y pico).Sí, ocurrió como en otros casos en Boliviana de Aviación (BoA), aquella que para la designación es por Resolución Suprema. Se supone que, toda autoridad sabe que, antes de contratar, debe verificar el perfil idóneo para el puesto, más aún si se trata del más alto nivel ejecutivo. Ignorar esto es un delito de resoluciones contrarias a la Constitución. La destitución o renuncia del funcionario no deslinda la responsabilidad administrativa ni penal, tanto del funcionario ni la de quien lo designó sin que cumpla los requisitos para el puesto.
El mandato constitucional y la descolonización del poder. La CPE de 2009 es el pacto de un pueblo que dijo «basta» al colonialismo y al patriarcado. El Artículo 232 es categórico: la administración pública se rige por principios de legitimidad, legalidad, transparencia y responsabilidad social. Lo que vemos, sin embargo, es una violación constante de estos preceptos.
Nepotismo y tráfico de influencias. Cuando hablamos de despatriarcalizar, hablamos de romper un sistema de dominación que privatiza lo público, particularmente para favorecer a una oligarquía. Ejm. La hija del Presidente con caravana propia, con padre Presidente que le hace publicidad, enviada a actos públicos como representante de su Padre y hasta del Vicepresidente; o los vínculos familiares cruzados en el Estado como los Ávila uno presidiendo el Órgano Electoral, el otros presidiendo la Cámara de Senadores y otro Ávila en el Órgano Ejecutivo en el Viceministerio de Medio Ambiente, biodiversidad, cambios climáticos y gestión de desarrollo forestal. Son síntomas de una “rosca” que reproduce el viejo modelo colonial neoliberal. El Artículo 234 exige servir a la comunidad y no a intereses particulares. El Reglamento de BoA, en sus artículos 14 y 17, prohíbe taxativamente utilizar bienes estatales para fines particulares o lograr favores (caso del Gerente de BOA Eduardo Valdivia). La violación de estas normas es flagrante y merece todo el peso de la ley.
Marco legal y responsabilidades. La Ley 1178 (SAFCO), la Ley 004 de Lucha contra la Corrupción, el Código Penal y la Ley de Procedimiento Administrativo configuran un andamiaje legal contundente. La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal no es un menú de opciones; es la obligación del servidor público frente al Estado Plurinacional.
La decisión pendiente que parece manto de encubrimiento. Tanto las “Autoridades” de la Justicia Ordinaria y Ministerio Público aún no han mostrado eficiencia en la persecución de estos delitos, hay caso en que ni se han pronunciado, es más han demostrado su sometimiento a las acciones y discurso gubernamental, porque ayudan a silenciar al Pueblo. El Pueblo movilizado quedó estigmatizado por el aspiracionismo de “clase” expresada en la colonialidad interna de una parte de los citadinos que no ha acompañado estas y otras observaciones a las decisiones gubernamentales que están condenando a la extrema pobreza con brechas de desigualdad y endeudamiento inimaginables.
La corrupción no es un accidente, es la expresión más cruda de un sistema que privilegia los apellidos el círculo de clase, sobre el mérito. Frente a esto, nuestra Constitución ofrece las herramientas para descolonizar y despatriarcalizar. Sin embargo, de nada sirve el mejor texto constitucional si no existe la voluntad política de aplicarlo. La pregunta final no es si existen leyes —que ya las tenemos—, sino si existe la decisión inquebrantable de cumplirlas y hacerlas cumplir. Y esa decisión, hoy, lamentablemente, brilla por su ausencia.
