• 09/06/2026 14:07

¿Derechos Humanos para todos o solo para algunos?

Pordavid ticona

Jun 9, 2026

Tras más de 40 días de conflictividad, el prolongado sufrimiento de la ciudadanía no movilizada abre un debate profundo sobre la universalidad de los derechos fundamentales y el rol de las instituciones llamadas a protegerlos.

CEPABOL/09/06/2026.-  La persistencia de bloqueos, desabastecimiento y restricciones extremas a la libre circulación que ya superan el umbral de los 40 días en el país, ha dejado al descubierto una de las contradicciones más dolorosas de nuestra convivencia democrática: la aparente asimetría y selectividad en la defensa de los derechos humanos.

Mientras los reflectores mediáticos y la atención de los organismos de protección, como la Defensoría del Pueblo y diversas organizaciones de activistas de los DD. HH., parecen concentrarse predominantemente en los sectores que ejercen la protesta, una inmensa mayoría ciudadana silenciosa padece los efectos colaterales de una crisis que vulnera sus derechos más elementales: el trabajo, la salud, la educación y la simple subsistencia.

  • Confusión sobre el sujeto obligado (¿Quién vulnera los DD.HH.?): El texto equipara el sufrimiento causado por los bloqueadores con las violaciones de DD.HH. tradicionales. Estrictamente hablando, el principal obligado a respetar y garantizar los DD.HH. es el Estado. Cuando un grupo civil bloquea, comete delitos o excesos, pero no «violaciones de DD.HH.» en el sentido técnico-jurídico formal, a menos que lo haga en complicidad con el Estado (grupos para estatales que actuan con la policia y las FF. AA.). Las instituciones de DD.HH. enfocan sus lupas en el Estado porque este tiene el monopolio de la fuerza; si el Estado abusa de ella, el ciudadano queda en total indefensión.
  • La falacia del «pequeño grupo» frente a la «inmensa mayoría»: El reducir el conflicto a un «pequeño grupo que ocupa titulares». En la sociología del conflicto latinoamericano, las movilizaciones largas y masivas raras veces son de un «pequeño grupo»; suelen responder a crisis estructurales, demandas de sectores campesinos, indígenas o laborales que recurrentemente denuncian que el bloqueo es su única herramienta para ser escuchados por el poder político. Minimizar al «otro» impide entender la raíz del problema.
  • Desconocimiento de la ponderación de derechos: No se puede aplicar los DD HH en forma matemática e idéntica de la protección («miren a todos los ciudadanos por igual»), en el derecho existe la ponderación. Cuando dos derechos legítimos chocan (Protesta vs. Libre Circulación), el Estado y los mediadores de DD.HH. no pueden simplemente «eliminar» uno para favorecer al otro. Su rol es buscar un equilibrio que minimice el daño, lo cual a menudo es interpretado falsamente por la ciudadanía afectada como «indiferencia» o «complicidad».

Está claro que hay un hartazgo ciudadano, su reclamo por la universalidad y la igualdad ante la ley es conceptualmente correcto. Sin embargo, su debilidad radica en que adopta una postura que reduce el conflicto a una dinámica de «buenos» (los que quieren trabajar) contra «malos» (los que bloquean y sus supuestos defensores), obviando que el verdadero responsable de garantizar el orden público sin violar derechos humanos es un Estado que muchas veces se muestra incapaz, ausente o parcializado.

La verdadera defensa de los DD.HH. no consiste en elegir a qué bando proteger, sino en exigir que el Estado garantice los derechos de los que protestan y, simultáneamente, proteja los derechos de la mayoría que padece las consecuencias del conflicto.

Foto: Willma Eguino

*Por: Amawta Dr. Uriki David Ticona: abogado, periodista y yatiri amawta (guia espiritual aymara). Proyectista y gestor de la Universidad Pública de El Alto, UPEA (1989-2000) cel: 71539769

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *